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UniversidaddeCádiz
Memoria UCA 2017/2018

Estructuras Organizativas y Servicios

La Constitución Española establece y reconoce en su art. 20.10 la autonomía de las Universidades, en los términos que la Ley establezca. Esta autonomía de las Universidades se extiende tanto a su capacidad para aprobar normas como a sus facultades de auto-organización, que implica el establecimiento de las propias estructuras administrativas.

Los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 207, de 28 de octubre) trascriben expresamente estas prerrogativas, atribuyendo en el art. 205 esta potestad reglamentaria al Claustro, al Consejo de Gobierno y al Rector, según el criterio material que establezca el Reglamento de Gobierno y Administración de esta Universidad.

Los Estatutos de la Universidad de Cádiz regulan en su art. 40 como órganos unipersonales de gobierno y representación los Vicerrectores, el Secretario General y el Gerente, previendo la posibilidad de establecer un Consejo de Dirección que asistirá al Rector en el ejercicio de sus competencias. Además, los Estatutos establecen expresamente que corresponde al Rector la determinación del número, denominación y competencias de los Vicerrectores y de los demás órganos de gobierno y representación de la Universidad en lo no establecido en la Ley y en los Estatutos –art. 57.15-.

El Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 3 de marzo de 2005 –BOUCA núm. 24- y modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 12 de julio de 2005 –BOUCA núm. 29-, señala en su art. 11 que el Rector podrá aprobar disposiciones administrativas de carácter general, que revestirán la forma de Resoluciones. Así, se establece supongan la creación de Vicerrectorados, la modificación en la denominación de los existentes o su orden de prelación, así como la extinción de los mismos.

De acuerdo a lo establecido, el Consejo de Dirección se regula por Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/R55REC/2018, de 29 de mayo de 2018, por la que se modifica la Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/R09REC/2015, por la que se establece la estructura y se delimitan las funciones de los Vicerrectorados, de la Secretaría General, de la Gerencia y de las Direcciones Generales dependientes directamente del Rector, en torno al cual se estructura el Consejo de Dirección de la Universidad. En cuanto a su condición de empleados públicos, los salarios y retribuciones devengados por los miembros del consejo de dirección se regulan en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario [«BOE» núm. 216, de 9 de septiembre de 1989] y se encuentran publicados, junto con las retribuciones del Personal, en el Portal de Transparencia de la Universidad.

Conforman la organización universitaria, un conjunto de estructuras académicas y de investigación que dan forma a las funciones primarias de la Universidad de docencia e investigación: 16 Facultades y Escuelas (centros propios), 2 Centros adscritos, 39 Departamentos,   6 Institutos de Investigación, 4 Aulas Universitarias, 10 Cátedras, así como otros Centros: Escuela de Doctorado de la Universidad de Cádiz, Escuela Internacional de Doctorado en Estudios del Mar, Escuela Internacional de Doctorado en Agroalimentación, el Centro Superior de Lenguas Modernas, la Escuela de Medicina de la Educación Física y del Deporte y el Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología.

Además de un conjunto de estructuras administrativas que aglutinan los diferentes servicios académicos y de gestión prestados a la Comunidad Universitaria, que completan la organización.